
Este Real Decreto Ley modifica el EBEP y sus principales novedades son:
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Permiso por nacimiento y cuidado del menor (retribuido):
- El permiso pasa a ser de 19 semanas por progenitor/a (antes 16), con una distribución más flexible:
- 6 semanas obligatorias e ininterrumpidas tras el nacimiento o adopción.
- 11 semanas (por progenitor/a) a disfrutar, de forma acumulada o interrumpida, hasta que el menor cumpla 1 año.
- 2 semanas adicionales a disfrutar hasta que el menor cumpla 8 años.
- Las familias con un solo progenitor/a (monoparentales) tendrán 32 semanas de permiso (antes 16), con proporcionalidad en la distribución.
- Se mantiene el 100% de las retribuciones durante todo el periodo, cubierto por la Seguridad Social o Administración, según el caso.
- El permiso es estrictamente individual e intransferible, fomentando el reparto real de los cuidados entre mujeres y hombres.
- El disfrute de dichas semanas de suspensión de contrato de trabajo o del permiso por nacimiento y cuidado de menor, así como la prestación económica correspondiente, podrá solicitarse a partir del 1 de enero de 2026.
- El permiso pasa a ser de 19 semanas por progenitor/a (antes 16), con una distribución más flexible:
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Permiso parental de ocho semanas (no retribuido):
- Se mantiene la posibilidad de disfrutar de un permiso no retribuido de 8 semanas hasta que el menor cumpla 8 años. ANPE sigue exigiendo que este permiso sea retribuido.
- Este permiso se amplía en caso de parto prematuro, discapacidad o partos/adopciones múltiples, y mantiene derechos específicos para adopciones internacionales.
La regulación introducida por el presente real decreto-ley, respecto de la adición de las dos semanas, cuatro en el caso de familias monoparentales, de suspensión del contrato de trabajo o del permiso por nacimiento y cuidado de menor que se pueden disfrutar hasta que el menor cumpla los ocho años de edad, será de aplicación desde el 2 de agosto de 2024, fecha en que cumplía el plazo para la transposición de la Directiva Europea (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la Conciliación de la Vida Familiar y la Vida Profesional. Dicha directiva establece la obligatoriedad de que el permiso parental de ocho semanas sea retribuido, cosa que ANPE sigue exigiendo.
ANPE valora positivamente cualquier avance en las medidas de conciliación de la vida familiar y profesional, pero pide que se retribuyan las ocho semanas del permiso parental tal y como exige la directiva europea.