
ANPE Cantabria valora positivamente que, por fin, se vaya a permitir al profesorado prolongar su vida activa más allá de la edad de jubilación obligatoria. Pendiente de la regulación final, exigimos que no se ponga ninguna traba burocrática a los docentes que deseen solicitarlo.
ANPE Cantabria lleva años pidiendo que se permita al personal docente de Cantabria, como ya pueden por ley la inmensa mayoría de las personas trabajadoras del país, prolongar su vida activa (si así lo desean) más allá de la edad de jubilación obligatoria.
- Se lo pedimos al actual Consejero justo al inicio de su mandato: aquí.
- Lo hemos pedido públicamente cada vez que hemos tenido ocasión: aquí, aquí, aquí.
- Se lo hemos pedido a los Grupos Parlamentarios: aquí, aquí.
- Se ha pedido a los gobiernos anteriores: aquí, aquí, aquí, aquí.
Hoy, finalmente, nos han reunido para tratar el tema de la prolongación en el servicio activo en el ámbito docente. El texto propuesto es este:
En el artículo xxxx "Prolongación de permanencia en el servicio activo del personal docente no universitario" de la Ley de Cantabria xx/2025, de xxx de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2026 de la Comunidad Autónoma de Cantabria:
"De conformidad con el artículo 67 del TREBEP el personal docente no universitario podrá solicitar la prolongación de la permanencia en el servicio activo como máximo hasta que se cumpla setenta años de edad. La solicitud deberá presentarse con una antelación mínima de tres meses a la fecha de la jubilación forzosa. La Administración educativa competente deberá resolver de forma motivada, previo informe de la Inspección de Educación, la aceptación o denegación de la prolongación para cada curso escolar que se desee prolongar. De concederse la prolongación, esta será por cursos escolares y se someterá a renovación cada curso escolar de manera motivada, previo informe de la Inspección de Educación, debiendo solicitarse la renovación tres meses antes del inicio del curso escolar siguiente. En el curso en el que vaya efectivamente a producirse la jubilación, la prolongación en el servicio activo podrá autorizarse, a solicitud del interesado, única y exclusivamente hasta la terminación del periodo lectivo de ese curso escolar."
Esta norma queda condicionada (¡también!) a que se aprueben los presupuestos de Cantabria. ANPE exige que, en caso de que no sea por esta vía, se incluya esta modificación en otra ley.