Hemos preguntado varias veces, por distintos medios, a la Administración, sobre el punto 1. Apartado 2 del Anexo de la Resolución de 28 de mayo de 2020, donde se reconoce el derecho a un permiso para la conciliación de la vida laboral y familiar:
Ante nuestras cuestiones, esta es la respuesta oficial de la Consejería de Educación:
- Esta situación es retribuida y supone continuar con el teletrabajo que se ha venido realizando desde el inicio del estado de alarma.
- Este permiso se deberá solicitar a través de la plataforma educativa YEDRA (en el apartado de permisos y licencias, “Para deberes relacionados con la conciliación de la vida laboral y familiar”, marcándose la cruz en “Ausencia del trabajo”).
- Se deben acreditar los requisitos exigidos, adjuntando a la solicitud:
- Fotocopia del Libro Familia
- Informe de vida laboral de la pareja
- Se dirigirá a las direcciones de los centros, que son los responsables de convocar eventualmente a los docentes, tal y como se expresa en el apartado Cuarto de la Resolución.
- La denegación de este permiso deberá estar debidamente motivada por el/la directora/a del centro.