
Nos pasa la administración la siguiente información. Si te surge cualquier duda: anpe@anpecantabria.org
Por Acuerdo de Consejo de Ministros en su reunión celebrada el 1 de julio, publicado en el Boletín Oficial del Estado el 2 de julio, se ha aprobado el incremento del 0,5 por ciento de las retribuciones del personal al servicio del sector público previsto en el artículo 6.2 del Real Decreto-Ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos de Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social.
De conformidad con lo anunciado por la Consejera de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa, Dª Isabel Urrutia, el día 3 de julio de 2025, el Gobierno cántabro abonará en la nómina del mes de agosto de 2025 esta revalorización salarial del 0,5 por ciento (respecto de las retribuciones a 31 de diciembre de 2023), pendiente de aprobarse, y que afectará a unos 27.000 empleados públicos de todo el personal al servicio de la Administración y del sector público institucional de Cantabria, con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2024.
A este respecto, se indica lo siguiente:
- El incremento de retribuciones del 0,5% se realizará en la nómina del mes de AGOSTO de 2025, la cual incluirá también el abono de los atrasos desde enero de 2024.
- El personal que, durante los años 2024 Y 2025 haya percibido retribuciones con cargo a la nómina de la Dirección General de Personal Docente de la Comunidad Autónoma de Cantabria, percibirá de OFICIO, sin tener que solicitarlo expresamente, los atrasos correspondientes a los períodos efectivamente trabajados y retribuidos por esta Dirección General. Incluido personal jubilado, de concursos de traslados, etc., salvo en los casos de fallecimiento, en los cuales los herederos debidamente acreditados deberán solicitarlo expresamente en documento escrito, firmado, en el caso de ser más de uno, por todos ellos, e indicando la persona en concreto en cuya cuenta bancaria se vayan a ingresar dichos atrasos.
- Para la percepción de los atrasos de los períodos en los que se haya trabajado en otras Administraciones, educativas o de otro ámbito, durante los años 2024 Y 2025, deberán dirigirse a la misma, la cual les informará de cómo proceder para percibir los atrasos correspondientes a los períodos en que hayan trabajado en aquellas.