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Sustitución parcial de jornada para mayores de 55 años (57 años)


16 Abr, 2026

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Resolución de 10 de abril de 2026, por la que se establece la convocatoria de la sustitución parcial de la jornada lectiva por actividades de otra naturaleza para el personal docente no universitario de la Comunidad Autónoma de Cantabria mayor de 55 años, sin reducción de haberes, para el curso 2026-2027.

  • El plazo de solicitudes es desde el 20 de abril al 4 de mayo de 2026
  • El interesado lo deberá solicitar ante la dirección de su centro educativo
  • Resumen de la convocatoria

La Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades convoca la sustitución parcial de la jornada lectiva por actividades de otra naturaleza, sin reducción de haberes, para el personal docente no universitario de Cantabria que cumpla 57 años o más a 31 de diciembre de 2026, para el curso 2026-2027.

Requisitos principales

  • Ser funcionario de carrera con destino definitivo en un centro público dependiente de la Consejería.
  • Tener 57 años o más a 31 de diciembre de 2026.
  • Acreditar al menos 15 años de servicio en la enseñanza pública no universitaria.
  • Impartir un mínimo de horas lectivas semanales (16 periodos en Secundaria y FP; 22 horas en Infantil y Primaria).
  • No haber solicitado comisión de servicios ni tener reducción de jornada para el curso 2026-2027.

Actividades que pueden sustituir la jornada lectiva

Entre otras: absentismo escolar, interculturalidad, plurilingüismo, igualdad y coeducación, proyectos de innovación, biblioteca escolar, salud escolar, fondos europeos, internacionalización, coordinación de programas, mentorización de profesorado, etc.

Duración y condiciones

  • La sustitución podrá ser de hasta 4 horas semanales en Infantil/Primaria y hasta 3 periodos en el resto de cuerpos.
  • La medida tiene una duración máxima de 7 cursos escolares.
  • Las horas sustituidas serán de obligada permanencia en el centro y se dedicarán a las actividades aprobadas.

Procedimiento

Las solicitudes se presentarán en el centro educativo donde el docente tenga destino definitivo. La dirección del centro, oído el claustro y con el visto bueno de Inspección, elaborará una propuesta provisional y definitiva.