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Real Decreto Ley que regula la inspeción educativa


05 Feb, 2026

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Real Decreto 68/2026, de 4 de febrero, por el que se regula la inspección educativa

  • Supone un marco normativo único y actualizado para la Inspección Educativa. Deroga el Real Decreto 2193/1995 y regula de forma global los aspectos más relevantes como las funciones, el acceso al cuerpo, la formación, la evaluación, el desarrollo profesional y la prestación de servicios a distancia, superando la dispersión normativa que existía hasta ahora
  • Destaca el refuerzo de las funciones de asesoramiento y orientación a los equipos directivos y a la comunidad educativa en general, así como el reconocimiento explícito de la independencia en el criterio técnico de la Inspección, la transparencia en sus actuaciones y la defensa del interés superior del menor
  • La actualización del sistema de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación, con una orientación de carácter más competencial, también es un avance importante
  • Por último, resaltar la relevancia de la norma para garantizar la coordinación entre las diferentes administraciones, lo que contribuirá a la mejora de la calidad educativa

Esquema de la norma:

  • CAPÍTULO I: Disposiciones generales
    • Artículo 1. Objeto.
    • Artículo 2. Naturaleza del Cuerpo de Inspectores de Educación y régimen jurídico aplicable.
    • Artículo 3. Ejercicio de la inspección educativa.
    • Artículo 4. Principios de actuación de la inspección educativa.
    • Artículo 5. Fines de la inspección educativa.
    • Artículo 6. Funciones de la inspección educativa.
    • Artículo 7. Atribuciones de los inspectores e inspectoras de educación.
    • Artículo 8. Garantías para el ejercicio de las funciones y atribuciones de la inspección educativa.
    • Artículo 9. Organización y dependencia de la inspección educativa.
    • Artículo 10. La visita de inspección.
    • Artículo 11. Informes, actas, requerimientos y protocolos.
  • CAPÍTULO II: Acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación y provisión de puestos de forma temporal
    • Artículo 12. Requisitos generales.
    • Artículo 13. Requisitos específicos.
    • Artículo 14. Sistema selectivo para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación.
    • Artículo 15. Temarios para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación.
    • Artículo 16. Convocatorias para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación.
    • Artículo 17. Contenido de las convocatorias.
    • Artículo 18. Órganos de selección y nombramiento.
    • Artículo 19. Composición de los órganos de selección.
    • Artículo 20. Funciones de los órganos de selección.
    • Artículo 21. Fase de oposición.
    • Artículo 22. Fase de concurso.
    • Artículo 23. Superación de las fases de oposición y concurso.
    • Artículo 24. Fase de prácticas.
    • Artículo 25. Inspectores e inspectoras accidentales.
  • CAPÍTULO III: Formación y cualificación profesional
    • Artículo 26. Derecho y deber a la formación.
    • Artículo 27. Planes y actividades de formación.
    • Artículo 28. Reconocimiento de la formación y tutoría.
    • Artículo 29. Colaboración e intercambio de buenas prácticas.
  • CAPÍTULO IV: Desarrollo profesional
    • Artículo 30. Carrera profesional en la inspección educativa.
    • Artículo 31. Recursos técnicos e indemnizaciones por razón de servicio.
    • Artículo 32. Complementos retributivos.
    • Artículo 33. Comisiones de servicio.
    • Artículo 34. Movilidad.
    • Artículo 35. Movilidad por causa violencia de género o violencia sexual.
    • Artículo 36. Puestos en el exterior.
    • Artículo 37. Modalidad de prestación de servicios a distancia.
    • Artículo 38. Participación.
  • CAPÍTULO V: Evaluación
    • Artículo 39. Evaluación de la inspección educativa.
    • Artículo 40. Planes de evaluación de la inspección educativa.
    • Artículo 41. Reconocimiento de la evaluación de la inspección educativa.
  • ANEXO I: Especificaciones a las que deben ajustarse los baremos de méritos para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación
  • ANEXO II: Competencias profesionales