
- Los interesados han sido notificados mediante SMS y correo institucional.
- También disponen de Código de Verificación (CSV), que permite comprobar su autenticidad en la sede electrónica del Gobierno de Cantabria.
- Concedidos: los permisos parcialmente retribuidos se conceden a las personas incluidas en el Anexo I, por orden de antigüedad en el cuerpo docente.
- Desistimiento: se acepta el desistimiento de la persona reflejada en el Anexo II.
- Exclusión: se excluye del permiso a la persona del Anexo III, por no reunir 15 años de antigüedad docente.
- Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Educación, Formación Profesional y Universidades, en el plazo de un mes contados desde el día siguiente a la notificación. Procede de acuerdo a la Ley 5/2018 (Gobierno de Cantabria) y a la Ley 39/2015 (Procedimiento Administrativo Común).