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A LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR, JUSTICIA Y ACCIÓN EXTERIOR DEL GOBIERNO DE CANTABRIA
Dña. MARÍA DE RUS TRUEBA ARCAS, con DNI 72041053Q en calidad de PRESIDENTA DE ANPE CANTABRIA, con domicilio, a efectos de notificaciones y emplazamientos, en la calle Burgos, núm. 11, 6º, de Santander, ante el Sr. Director General comparezco y, como mejor proceda en derecho, digo:
Que, habiéndose sometido a TRÁMITE DE INFORMACIÓN PÚBLICA el Anteproyecto de la LEY DE CANTABRIA DE LUCHA CONTRA EL DESPOBLAMIENTO Y FRENTE AL RETO DEMOGRÁFICO, por medio del presente escrito y en la representación que ostento, vengo a formular las siguientes
CONSIDERACIONES
PREVIA.- El Sindicato que represento ANPE CANTABRIA, delegación regional del Sindicato Nacional ANPE-, forma parte de las Mesas de Negociación del Sector Público de Cantabria, tras haber obtenido, en el último proceso electoral celebrado en el año 2022, el voto de prácticamente el 30 por ciento de los funcionarios docentes que participaron en el mismo.
Dña. María de Rus Trueba Arcas es la actual Presidenta de la Delegación en Cantabria de dicho Sindicato (ANPE Cantabria), tal y como se acredita con el Documento núm. 1 que se adjunta al presente escrito.
ÚNICA.- ANPE Cantabria, en su apuesta firme y clara de apoyo a la escuela rural, formula las siguientes propuestas, que se refieren a los artículos 43 y 45 del Anteproyecto:
En relación con lo dispuesto en el artículo 43 del texto, se interesa que se amplíe su alcance, previendo también la reapertura o apertura de las escuelas sitas en núcleos poblacionales que tengan una demanda mínima de escolarización equivalente a la prevista en la redacción actual de la norma clases con un mínimo de 4 alumnos/alumnas).
Desde este Sindicato se ha realizado una consulta a la Consejería de Educación a los efectos de poder calcular cuantas escuelas podrían mantenerse o reabrirse con dichas medidas, estando a la espera de obtener una respuesta concreta a los efectos de poder valorar el alcance de la misma. Resultaría interesante que dicha información quedara incorporada a la documentación del Anteproyecto antes de su trámite parlamentario.
En relación con lo establecido en el artículo 45 del Anteproyecto, pedimos la ampliación del Contrato Programa no solo a aquellas enseñanzas no obligatorias superiores, sino también que se incluya a la educación infantil.
Por lo expuesto,
A LA CONSEJERÍA SUPLICO que teniendo por presentado este escrito se sirvan admitirlo y, en su virtud, se tengan por efectuadas las consideraciones y sugerencias contenidas en el cuerpo del mismo, procediendo a la revisión del Anteproyecto de Ley en el sentido aquí propuesto.
Santander, 27 de febrero de 2023.