Aumento temporal de la cotización a la Seguridad Social hasta 2032. La aportación del trabajador se incrementa en un 0,1 %
El 1 de enero comenzó a aplicarse el primer componente del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), regulado en la disposición final cuarta de la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones, con el fin de preservar el equilibrio entre generaciones y fortalecer la sostenibilidad del sistema de la Seguridad Social en el largo plazo.
El MEI tiene dos componentes. El primero consiste en la reactivación del Fondo de Reserva de la Seguridad Social mediante es una cotización adicional, finalista, entre 2023 y 2032. La aportación será de 0,6 puntos porcentuales, repartido entre la empresa y el trabajador, 0,5 % lo aportará la empresa y el 0,1 % le será detraído de su nómina al trabajador. Esto supone la disminución del 0,1 % del su salario neto a percibir por el trabajador.
Toda esta recaudación se destinará exclusivamente a incrementar el Fondo de Reserva, “la hucha de las pensiones”.
El segundo componente se pondrá en marcha a partir del año 2032. Desde ese momento se analizará la evolución que se prevé del gasto en pensiones en 2050 (año en el que se pronostica la mayor cifra de pensionistas). Se decidirá entonces, en función de si dicho gasto supera o no las previsiones iniciales, para qué se utilizará el Fondo de Reserva y si hay que adoptar otras medidas adicionales.
En el año 2032 se analizará la evolución que se prevé del gasto en pensiones en 2050 (momento en el que habrá que pagar el número máximo de pensiones de las próximas décadas, para después decrecer) y si dicho gasto supera las previsiones iniciales. Se decidirá entonces si es necesario utilizar el Fondo de Reserva para evitar futuros recortes y si hay que adoptar otras medidas adicionales.