- Entrará en vigor en el comienzo del año académico 2023-2024
- Incluye en la Disposición Final Segunda la adaptación de las listas de interinidad del extinto Cuerpo de Profesores Técnicos de F.P. (transcrito a continuación):
Segunda. Modifcación de la Orden ECD/84/2017, de 15 de junio, que regula la provisión de empleo docente interino en los centros docentes de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Se añade una nueva disposición transitoria cuarta a la Orden ECD/84/2017, de 15 de junio, que regula la provisión de empleo docente interino en los centros docentes de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con el siguiente contenido:
"Disposición transitoria cuarta. Adaptación a la nueva estructura de los cuerpos docentes que imparten sus enseñanzas en la formación profesional.
1. Para los nombramientos interinos que se precisen efectuar durante el curso 2023/2024 en las especialidades del cuerpo a extinguir de profesores técnicos de formación profesional que han pasado a integrarse en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, se utilizarán las listas de esas mismas especialidades, del cuerpo a extinguir de profesores técnicos de formación profesional vigentes durante el curso actual reordenadas de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 13 y 23.
A los aspirantes que estén en posesión de la titulación exigida a los funcionarios de carrera para la integración en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria se les otorgará un nombramiento interino de dicho cuerpo (subgrupo A1).
A los aspirantes que no estén en posesión de la titulación exigida a los funcionarios de carrera para la integración en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria se les otorgará un nombramiento interino del cuerpo a extinguir de profesores técnicos de formación profesional (subgrupo A2). Los aspirantes que no tienen la titulación exigida podrán optar a estos nombramientos hasta el 19 de enero de 2026.
2. Para los nombramientos interinos que se precisen efectuar durante el curso 2023/2024 en las especialidades del cuerpo a extinguir de profesores técnicos de formación profesional que han pasado a formar parte de la atribución docente del nuevo cuerpo de profesores especialistas en sectores singulares de formación profesional, se utilizarán las listas de esas mismas especialidades, del cuerpo a extinguir de profesores técnicos de formación profesional vigentes durante el curso actual reordenadas de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 13 y 23.
Los nombramientos interinos que se otorguen serán, en todo caso, del cuerpo de profesores especialistas en sectores singulares de formación profesional (subgrupo A2)."