Orden EDU/60/2022, de 15 de noviembre, que establece las bases y convoca proceso selectivo para el ingreso en cuerpos docentes, mediante el sistema de concurso de méritos, al amparo de lo dispuesto en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público
- Para participar solamente es necesario tener la titulación exigida. No es necesario haber opositado antes, ni estar en listas de interinidad, ni haber trabajado en educación,...
- El baremo de méritos se encuentra en el Anexo V de la convocatoria. Es muy importante leerlo para ver qué documentación hay que aportar para justificar cada mérito alegado...
- Se pueden pedir plazas que hayan sido convocadas por las siguientes administraciones: Andalucía, Aragón, Principado de Asturias, Illes Balears, Cantabria, Castilla y León, Castilla la Mancha, Extremadura, La Rioja, Madrid, Región de Murcia, Comunidad Foral de Navarra, Comunidad Valenciana, Ciudad Autónoma de Ceuta y Ciudad Autónoma de Melilla
- Página web de la Convocatoria Excepcional de Méritos del Ministerio de Educación y Formación Profesional
- Plazas vacantes de las Comunidades Autónomas
- Debe presentarse una solicitud por especialidad, aunque se puede pedir plazas de todas las administraciones anteriores. Las plazas de Cantabria deben estar en primer lugar
- Las solicitudes son completamente telemáticas: no hay que presentar nada en registro (salvo el Anexo IV, mira a continuación), pero hay que quedarse con el resguardo de haberlo presentado
- Las tasas deben abonarse por cada especialidad, y ascienden a 45,81 euros. (Salvo las personas exentas: importante leer la convocatoria)
- Todos los méritos alegados deben justificarse documentalmente, subiendo el archivo correspondiente a la aplicación, salvo los de los apartados 1.1, 1.2, 1.3, 3.1. y 3.2 en algunos casos. Es muy importante leer la convocatoria para verificar que estamos en ese caso
- Se desconocen los plazos para la publicación de listados de admitidos, etc
- Las personas que obtengan plaza serán nombradas funcionarios de carrera el 1 de septiembre siguiente a la publicación del listado definitivo
- Las personas que obtengan plaza deberán participar en los concursos de traslados hasta obtener destino definitivo en Cantabria, y deberán permanecer al menos dos años en ese destino
- Este procedimiento no modifica de ninguna manera las listas de aspirantes a interinidad (vacantes, sustituciones o únicas) de Cantabria